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Ayuntamiento de Chihuahua aprueba reforma al Poder Judicial del Estado en sesión extraordinaria de Cabildo






Chihuahua.- En una sesión extraordinaria de Cabildo llevada a cabo esta mañana, los integrantes del Honorable Ayuntamiento de Chihuahua aprobaron por mayoría de votos la reforma al Poder Judicial del Estado, como parte de los recientes ajustes realizados a la Constitución Política del Estado.


La decisión se tomó en cumplimiento del artículo 202 de la Constitución Política del Estado, el cual establece los requisitos para realizar adiciones y reformas a la misma. La reforma al Poder Judicial fue aprobada por mayoría, con cinco votos en contra que provinieron de las fracciones edilicias de MORENA, el regidor del Partido del Trabajo, Alejandro Morán, y la regidora representante de Movimiento Ciudadano (MC), Mocerrat Elvira Villarreal.


La sesión extraordinaria fue convocada en respuesta a un oficio enviado por el Honorable Congreso del Estado, en el cual se remite copia del Decreto No. LXVII/RFCNT/0852/2024 IIP.O., que reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones a la Constitución Política del Estado de Chihuahua. Además, se deroga el artículo cuarto transitorio del Decreto No. LXVII/RFCNT/0249/2024 II P.O. en relación con el Poder Judicial del Estado.


De acuerdo con el artículo 202, para que las adiciones o reformas a la Constitución se incorporen, se requiere el voto de las dos terceras partes de los integrantes del Congreso del Estado, así como la aprobación de al menos veinte ayuntamientos que representen más de la mitad de la población del Estado.


Las reformas incluyen disposiciones importantes, como la prohibición para los titulares de magistraturas y consejerías del Poder Judicial de actuar como patronos, abogados o representantes en cualquier proceso judicial durante dos años después de concluir su cargo.

La resolución del Ayuntamiento será remitida al Congreso del Estado, o a la Diputación Permanente, dentro de los cuarenta días naturales siguientes a la recepción de la comunicación.

La ausencia de respuesta en dicho plazo implicará la presunción de aprobación de las reformas.

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