Decreto de Segob elimina "doble Congreso"
México.- La Secretaría de Gobernación (Segob) ha publicado un decreto que reforma el primer párrafo del artículo 65 de la Constitución, específicamente en cuanto a los periodos de sesiones ordinarias de las cámaras de Diputados y de Senadores.
Esta medida busca evitar el empalme entre los Congresos de las legislaturas saliente y entrante en agosto de este año.
El artículo reformado ahora establece lo siguiente:
"Artículo 65. El Congreso se reunirá a partir del 1o. de septiembre de cada año para celebrar un primer periodo de sesiones ordinarias, y a partir del 1o. de febrero para celebrar un segundo periodo de sesiones ordinarias".
Esta modificación corrige el error de la reforma político-electoral de 2014, la cual estableció que la LXVI Legislatura entraría en funciones el 1 de agosto de 2024. Sin embargo, esta fecha no consideraba que el mandato para el que serían electos los legisladores de la LXV Legislatura concluiría hasta el 1 de septiembre.
La redacción anterior de la reforma de 2014 indicaba que el Congreso se reuniría a partir del 1º de septiembre de cada año para celebrar un Primer Periodo de Sesiones Ordinarias, a menos que el Presidente de la República iniciara su encargo el 1º de octubre, en cuyo caso se reuniría a partir del 1º de agosto. Esta disposición podría haber llevado a una crisis legislativa al empalmar ambas legislaturas, generando un "doble Congreso".
Con esta corrección, se restablece la tradición de que la nueva Legislatura entre en funciones hasta el 1 de septiembre.