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Estos son los pasos para que se apruebe la reforma judicial de AMLO en México



México.- El presidente Andrés Manuel López Obrador presentó en febrero pasado una propuesta de reforma al Poder Judicial, que este miércoles ha sido aprobada en lo general por la Cámara de Diputados. Esta iniciativa es parte de un paquete legislativo más amplio, compuesto por 20 reformas enviadas al Congreso, y ha generado reacciones mixtas, incluyendo un paro indefinido de un sector del Poder Judicial y tensiones diplomáticas con Estados Unidos y Canadá.


Para que la reforma al Poder Judicial sea completamente aprobada, debe atravesar los siguientes pasos según lo establecido en el artículo 135 de la Constitución mexicana:


1. Iniciativa de reforma:

La iniciativa de reforma constitucional debe ser presentada ante el Congreso de la Unión por quienes tienen la facultad de hacerlo. En este caso, este paso ya se cumplió cuando la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular el proyecto de dictamen.


2. Discusión:

Durante este procedimiento, se da lectura y discusión al proyecto de decreto de reforma constitucional en la Cámara de origen, en este caso, la Cámara de Diputados. Luego, se presenta la minuta con el proyecto de decreto ante la cámara revisora, que es la Cámara de Senadores.


3. Aprobación:

Si la cámara revisora hace observaciones o rechaza parcial o totalmente el proyecto, este se devuelve a la cámara de origen para su reconsideración. Después de ser aprobado por ambas cámaras, se remite a los congresos locales de los 31 estados de la República y la Ciudad de México para su aprobación.


4. Sanción:

Una vez aprobado el proyecto de ley o decreto por ambas cámaras, se comunica al Ejecutivo Federal. El presidente de la República debe manifestar su acuerdo sancionando la ley y ordenando su promulgación, o expresar su disconformidad formulando objeciones al proyecto.


5. Publicación:

Los dictámenes deben publicarse en la Gaceta Parlamentaria al menos 48 horas antes de la sesión en la que serán discutidos.


6. Inicio de vigencia:

Las reformas constitucionales en México comienzan a regir el mismo día en que son publicadas en el Diario Oficial de la Federación, a menos que se establezca una fecha específica de entrada en vigor.

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