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¿Por qué es mposible suspender elección de jueces por voto popular?



México.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió por mayoría de tres votos contra dos que suspender el proceso de elección de jueces y magistrados por voto popular, programado para 2025, es constitucionalmente inviable. Con esta decisión, las suspensiones provisionales y definitivas de amparo que intentaban frenar la reforma judicial quedan sin efecto.


En una sesión pública por videoconferencia realizada el lunes 18 de noviembre, el Tribunal concluyó que, al tratarse de un mandato expresamente previsto en la Constitución, la elección de jueces no puede ser suspendida, limitada o restringida por ninguna autoridad o poder del Estado. "El Senado de la República, el INE y demás autoridades competentes deben continuar con las etapas del proceso electoral extraordinario del Poder Judicial de la Federación 2024-2025", resolvió el Tribunal.


El magistrado ponente, Felipe Fuentes, explicó que la Constitución establece que en materia electoral no procede la suspensión de actos de autoridad y que las reformas constitucionales no son revisables. Esto implica que el proceso de elección de los jueces y magistrados debe continuar sin interrupciones, independientemente de las suspensiones decretadas por los jueces de amparo.


Por otro lado, los magistrados Janine Otálora Malassis y Reyes Rodríguez Mondragón votaron en contra de la resolución. Ambos expresaron que esta decisión contribuye a la incertidumbre judicial y podría empeorar el ya complejo litigio en torno a la reforma al Poder Judicial. Otálora Malassis, además, sugirió posponer la resolución hasta que la Suprema Corte de Justicia de la Nación se pronuncie sobre las controversias relacionadas con la reforma, dado que aún existen varios expedientes pendientes de resolución.


La controversia surgió a raíz de una solicitud del Senado y del INE al Tribunal Electoral, pidiendo que se aclararan los efectos de las suspensiones dictadas por jueces de Distrito que buscaban frenar la elección de los jueces por voto popular. El magistrado Fuentes señaló que dichas suspensiones carecen de validez y que la máxima autoridad en materia electoral, el TEPJF, es quien tiene la última palabra en estos casos.


Con esta resolución, el Tribunal Electoral subrayó que los procesos electorales no pueden ser suspendidos mediante amparos, en cumplimiento con la supremacía constitucional y las decisiones previas de la Corte que desestimaron acciones de inconstitucionalidad contra la reforma judicial.


En apoyo a la continuidad del proceso, la magistrada presidente del TEPJF, Mónica Soto, y el magistrado Felipe de la Mata manifestaron su respaldo al proyecto, argumentando que la resolución se apegó estrictamente a la letra de la Constitución y no contribuye a la "enrarecida" situación legal que rodea la reforma al Poder Judicial.

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