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Preparan sanciones a empresas que no se afilien a Fonacot



México.- El Congreso de la Unión ha aprobado una reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) que establece sanciones específicas para los centros de trabajo que no se afilien al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (Fonacot). Esta medida busca garantizar el acceso de los trabajadores a los beneficios que ofrece el Instituto.


Según lo dispuesto en la reforma al artículo 994 de la LFT, las empresas que no cumplan con la obligación de afiliarse al Fonacot podrán ser multadas con montos que oscilan entre 5,428 y 162,855 pesos por cada empleado afectado. Esta modificación legislativa ha sido avalada por el Senado y está pendiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para su entrada en vigor.


El propósito de esta medida es proporcionar certeza a los trabajadores para acceder a todos los beneficios que ofrece el Fonacot y fomentar el mercado interno al otorgar capacidad de compra a la población trabajadora, así como mejorar la productividad en las empresas.


La reforma, originada por una iniciativa presentada en 2018 por los legisladores Iván Arturo Pérez Ruiz y Manuel de Jesús Baldenebro, ha pasado por un proceso legislativo que concluyó con su aprobación en el pleno de la Cámara de Diputados y su envío al Senado.


El Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (Fonacot) es una entidad pública que ofrece financiamiento a los trabajadores para la adquisición de bienes y servicios, con beneficios como tasas de interés más bajas, facilidades en los plazos de pago y un seguro de crédito que cubre situaciones como la pérdida de empleo o fallecimiento del trabajador.


Esta medida legislativa busca fortalecer la inclusión financiera de la población trabajadora y asegurar que los empleadores cumplan con su responsabilidad de afiliarse al Instituto para garantizar los derechos de los trabajadores.

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